Trabajo final de grado
Acceso abierto

“Principio Protectorio Vs Minera Metalífera”

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Autores

Ramírez, Roberto José Carlos

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Editor

Universidad Siglo 21

Resumen

Nuestra Constitución Nacional, en su art. 41, establece que corresponde a la Nación dictar normas que contengan presupuestos mínimos de protección en materia ambiental, reservando a las provincias las necesarias para complementarlas. De ahí que la Ley 7.722 ambiental de Mendoza establece, complementariamente en todo su territorio, presupuestos ambientales específicos, siguiendo los principios propios del derecho ambiental. Al promulgarse el 22 de julio de 2007 por la Legislatura Provincial de Mendoza, la Ley ambiental 7.722 surge como una respuesta a la creciente preocupación de la sociedad mendocina sobre el impacto ambiental de la actividad minera y otras actividades industriales en la provincia. Fue impulsada por movimientos ambientalistas y establece restricciones y regulaciones a las actividades mineras y otras industrias que puedan afectar la calidad y cantidad de recursos hídricos en Mendoza. Entre las restricciones impuestas por la Ley 7.722 se encuentran la prohibición del uso de “sustancias tóxicas”, la obligación de realizar estudios de impacto ambiental (DIA), debiendo ser ratificados por la Legislatura Provincial, y la promoción de la participación ciudadana en la toma de decisiones relacionadas con los recursos hídricos.

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