La Corte Suprema propicia la paridad de género en Materia laboral y familiar

dc.contributor.advisorUniversidad Siglo 21
dc.contributor.authorBarreda, Graciela Rosalía
dc.date.accessioned2022-09-22T14:06:07Z
dc.date.available2022-09-22T14:06:07Z
dc.date.issued2022-08
dc.description.abstractEl contrato de trabajo tiene vocación de continuidad; ello se da con base en el principio de permanencia (Sabsay, 2011). Sin embargo, por diversas situaciones éste puede extinguirse siendo una de las coyunturas regladas en la legislación laboral el despido. En el caso del despido arbitrario, que no se encuentra definido en la Ley de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744, en adelante LCT), cuenta con una variante regulada que es el despido por causa de matrimonio, punto neurálgico de la causa a examinar. Ahora bien, no ser discriminado es un derecho humano fundamental. Tosto (2010), al respecto, expresa que la igualdad es un principio al que, frecuentemente, se menciona en el discurso jurídico laboral, tanto es así que su presunción entre el universo de los trabajadores se construye como una verdad —en apariencia— natural, y la aspiración de que sean tratados de igual modo y en paridad de situaciones, es un mandato reiteradamente sostenido por la doctrina y la jurisprudencia.es
dc.description.abstractDESTACADO
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/25224
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectModelo de Casoes
dc.subjectPuiges
dc.subjectContrato de Trabajoes
dc.titleLa Corte Suprema propicia la paridad de género en Materia laboral y familiares
dc.typebachelorThesises

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