Consideraciones económicas y jurídicas sobre la reforma sindical: Documento de Trabajo No.28
Date
2025-02Author
Utrera, Gastón
Abstract
Las modernas teorías sobre el desarrollo económico ponen cada vez más énfasis en las instituciones políticas y económicas, entendidas como las reglas de juego que las sociedades dan al funcionamiento de la política y economía. Tan importantes son las instituciones para el desarrollo económico, que conviene pensar a la reforma sindical en este contexto, poniendo en un mismo plano de consideración a dirigencia política, dirigencia sindical y dirigencia empresaria.
Instituciones inclusivas que son reconocidas como convenientes para la dirigencia política deberían serlo también para las dirigencias sindical y empresaria, en especial la limitación de mandatos y reelecciones, para garantizar la alternancia en el poder; la transparencia en el manejo de asuntos públicos y recursos de representados; y la adecuada representación de minorías en ámbitos colegiados, para garantizar
pluralidad.
Una cuestión, más controversial, es la vinculada a la financiación de la actividad sindical. En términos económicos, la actividad sindical debería ser encuadrada como 'bien público' en la medida en que, bien entendida y ejecutada, beneficia a trabajadores afiliados y no afiliados al sindicato a través de su representación en negociaciones salariales y de convenios. Esto implica, por la imposibilidad de exclusión de quien no paga, propia de todo bien público, la inviabilidad de un esquema de financiación voluntaria.
Más que eliminar la obligatoriedad de los aportes de trabajadores a la financiación
de la actividad sindical, debería pensarse la determinación de límites máximos. Un esquema de financiación con aportes obligatorios (aunque limitados) es incompatible con instituciones sindicales 'extractivas'. Por lo tanto, 'democratización' sindical y aportes obligatorios deberían ser parte de una misma agenda integral.
Dado que, en la sesión informativa de la Comisión de Legislación del Trabajo de la HCDN se expusieron argumentos en contra de esta agenda de reformas, en nombre de la autonomía sindical y bajo cuestionamientos de inconstitucionalidad, en el presente documento se detallan los fundamentos por los cuales tales argumentos son equivocados y, por lo tanto, es posible avanzar en la agenda de reformas sin temor a posteriores planteos de inconstitucionalidad.
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