Ejecución de sentencia: extensión de la condena dictada en un juicio laboral hacia socios, controlantes, administradores y directivos no demandados
Abstract
Esta obra se centrará en aquellos casos en los que el trabajador, luego de
transitado un juicio laboral y obtenida una sentencia firme que condena a una
sociedad, no puede hacer efectivo su crédito debido a conductas reprochables
realizadas por los integrantes de la misma y que provocaron su insolvencia.
Mediante el desarrollo del presente trabajo se intentará obtener una respuesta
al siguiente interrogante: ¿cuál es la vía procesal idónea para extender la
responsabilidad hacia los socios, controlantes, administradores o representantes
de una sociedad que no hubiesen formado parte del pleito a título personal?
Teniendo en miras este interrogante, el objetivo general de esta tesis
consiste en analizar si es procedente la vía incidental para extender una condena
a personas que no formaron parte del pleito sin vulnerar el derecho a defensa
de los eventuales responsables.
A su vez, los objetivos específicos son: desarrollar brevemente la historia
del derecho laboral a los fines de entender el por qué de su existencia; analizar
los sujetos involucrados en la relación de trabajo, con especial énfasis en el
empleador dado la multiplicidad de formas que puede adoptar; relacionar el
principio protectorio con los medios que lo tornan operable explicando los
mecanismos de solidaridad pasiva laboral y aquellos destinados a evitar el
fraude; exponer en términos claros el contenido del proceso, las relaciones de
este con el derecho que pretende realizar y, particularmente, analizar el
contenido del derecho procesal laboral; ubicar el derecho a la tutela judicial
efectiva y el derecho a defensa en el ámbito del proceso laboral y examinar en
profundidad la etapa de ejecución de sentencia para luego interiorizar en las
posturas que permiten extender una condena laboral.
La hipótesis de trabajo es que la vía procesal idónea para extender la
responsabilidad hacia los socios, controlantes, administradores o representantes
de una sociedad que no hubiesen formado parte del pleito a título personal
constituye la vía incidental ya que se erige como respuesta rápida para el
trabajador y no vulnera el derecho de defensa de manera manifiesta. DESTACADO
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