Despido discriminatorio contradicciones de un sistema que preocupa
Abstract
El fenómeno de la discriminación, tal y como la conocemos, se encuentra instalado con intensa raigambre en el marco de nuestro sistema sociocultural desde épocas inmemoriales. Dentro de nuestro contexto histórico, el ámbito del derecho laboral no ha quedado exento de tal problemática, encontrándose en repetidas oportunidades en situación de dirimir planteos y diversos cuestionamientos desarrollados por los principales actores en la materia.
De un tiempo a esta parte, tanto la doctrina y la jurisprudencia especializada, como el alto cuerpo legislativo de la nación, han buscado, no sin arduo esfuerzo, conceptualizar y delimitar el complejo espectro de posibilidades en que puede un acto ser susceptible de considerarse como discriminatorio – en lo referido a la materia laboral - y en su caso, cuales son las consecuencias jurídicas que del mismo se desprenden, a fin de dar una respuesta a la problemática que tal circunstancia conlleva, y poder, por un lado, resarcir acabadamente a quien padece el acto discriminatorio, y por otro, sancionar debidamente a quien lo comete. Ello, mediante la incorporación al plexo normativo, de diversas normas que regulen de modo acabado los diferentes supuestos en que tal circunstancia puede desarrollarse.
Ahora bien, así descripto el contexto, resta analizar si el sistema indemnizatorio dispuesto en materia de discriminación laboral por nuestro propio ordenamiento se presenta adecuado para dar respuesta a tamaña circunstancia.