Maestría en Derecho Procesal
URI permanente para esta colecciónhttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/17602
Esta formación de posgrado te aportará una visión actual de aspectos vinculados al Marco Constitucional y a las demás especialidades del Derecho Procesal: Penal, Civil, Laboral, Familia, Administrativo, Concursal, Transnacional. Acompañado de un importante cuerpo docente, abordarás diferentes temáticas relacionadas con los esquemas procesales y sumarás herramientas para un adecuado manejo de esta rama de las Ciencias Jurídicas.
Examinar
Examinando Maestría en Derecho Procesal por Materia "Derecho Procesal"
Mostrando 1 - 4 de 4
- Resultados por página
- Opciones de ordenación
Ítem La efectividad de las sentencias en los procesos colectivos de defensa de derechos individuales homogéneos(2022-02) Alesso, María Laura; Sola, VictorinoEl objeto de la presente investigación de tipo cualitativa se orienta principalmente a describir y analizar críticamente la tensión entre dos instituciones procesales como son la eficacia de los mandatos jurisdiccionales y los procesos colectivos. Precisamente en el sistema jurídico argentino se observa una gran dificultad a la hora de efectivizar los derechos reconocidos por una sentencia que se encuentra firme, debido a que se debe lidiar con una notable dilación temporal hasta poder obtener concretamente la ejecución de la sentencia. Esta situación se dificulta aún más, si lo que se intenta es la ejecución de las sentencias dictadas en el seno de los procesos colectivos en los que se hallan en juego derechos colectivos, que tienen particularidades distintivas respecto de las que ponen fin a un litigio individual o litisconsorcial.Ítem Objeción de conciencia y su alcance en las causales de apartamiento de losmagistrados(2022-02) Herrera, Luis Fernando Melgar; Ogas, Lourdes MaríaLa cuestión traída a este estudio, es la objeción de conciencia y el intento de dilucidar si puede ser invocada por los jueces cuando existen razones de origen ideológico, moral o religioso. Seguidamente, se analizará cómo está previsto el marco legal de este instituto, o bien, si posee amparo en el marco del debido proceso.Ítem Problemas interpretativos y axiológicos de la Tutela Anticipada(2022-02) Carrasco, Alicia Susana; Calderón, Maximiliano R.Hay situaciones en las que el factor tiempo es preponderante y que requieren una pronta respuesta de la justicia. En forma genérica se puede decir que la tutela anticipada de derechos es el pedido de adelantar el resultado de un proceso judicial en razón de la urgencia. Se la define también como el despacho favorable de una condena provisoria, efectuada por un juez, que puede ser ratificada o revocada en oportunidad del dictado de la sentencia. Es el justiciable quien tiene la posibilidad de peticionar, ante los tribunales, reclamando que se restablezca el derecho que cree vulnerado (acceso a la justicia). Idealmente, y conforme lo establecen los códigos procesales, cada juicio debe durar un plazo razonable, pero en realidad, los procesos pueden alongarse por diferentes motivos y tardan años hasta el dictado de la sentencia definitiva, todo ello conlleva a la alta probabilidad de que, al resolverse el caso, de manera favorable a la parte actora, lo peticionado se volvió abstracto y se provocó un daño al peticionante, de manera total o parcial, que es irreversible.Ítem Procesos colectivos en el fuero de violencia familiar y de género de Córdoba: análisis a partir de un caso(2023-04) Balaguer, Mayca Irina; Sibilla, María VictoriaLa Ley Nacional N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, que fue sancionada en marzo del 2009, define a la violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes” (art.4).