Logotipo del repositorio
  • English
  • العربية
  • বাংলা
  • Català
  • Čeština
  • Deutsch
  • Ελληνικά
  • Español
  • Suomi
  • Français
  • Gàidhlig
  • हिंदी
  • Magyar
  • Italiano
  • Қазақ
  • Latviešu
  • Nederlands
  • Polski
  • Português
  • Português do Brasil
  • Srpski (lat)
  • Српски
  • Svenska
  • Türkçe
  • Yкраї́нська
  • Tiếng Việt
Iniciar sesión
¿Nuevo Usuario? Pulse aquí para registrarse ¿Has olvidado tu contraseña?
Logotipo del repositorio
  • English
  • العربية
  • বাংলা
  • Català
  • Čeština
  • Deutsch
  • Ελληνικά
  • Español
  • Suomi
  • Français
  • Gàidhlig
  • हिंदी
  • Magyar
  • Italiano
  • Қазақ
  • Latviešu
  • Nederlands
  • Polski
  • Português
  • Português do Brasil
  • Srpski (lat)
  • Српски
  • Svenska
  • Türkçe
  • Yкраї́нська
  • Tiếng Việt
Iniciar sesión
¿Nuevo Usuario? Pulse aquí para registrarse ¿Has olvidado tu contraseña?
Inicio Ebook21 Secretaría de Investigación Preguntas Frecuentes Contacto
  1. Inicio
  2. Buscar por autor

Examinando por Autor "Palma, Martin Sabino"

Seleccione resultados tecleando las primeras letras
Mostrando 1 - 1 de 1
  • Resultados por página
  • Opciones de ordenación
  • Cargando...
    Miniatura
    Ítem
    Trabajadores de economía de plataformas: yuxtaposición de normas que regulan el vínculo laboral
    (2023-11) Palma, Martin Sabino; Abraham, Susana Paola
    En el presente caso se presenta un problema jurídico de relevancia por cuanto entran en tensión dos o más normas, en este caso, por un lado la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo (en adelante LCT), y por el otro, el Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCyCN) en todo cuanto respecta al contrato de prestación de servicios, cuya normativa aplicable es la comprendida en el art. 1251 y ss. de dicho cuerpo normativo. Es aquí en donde el rol del magistrado se vuelve de vital importancia, en razón de que deberá determinar cuál es la normativa aplicable al caso concreto. Como se advierte, en el fallo analizado la parte actora manifiesta que existió una relación laboral, en razón de haber trabajado bajo las órdenes de la empresa Cabify S.A., cumpliendo con una carga horaria y percibiendo una remuneración por desarrollar funciones de chofer para la sociedad demandada. Como veremos en el desarrollo de esta nota, la interpretación del ordenamiento jurídico y la determinación de la normativa aplicable que la magistrada realiza, encuadran al actor en la figura de un trabajador en relación de dependencia, y considera a Cabify S.A. como empleador, en el marco de la LCT.

Siglo 21WhatsappInstagramFacebookYouTubeTwitter
Logo Siglo 21