Logotipo del repositorio
  • English
  • العربية
  • বাংলা
  • Català
  • Čeština
  • Deutsch
  • Ελληνικά
  • Español
  • Suomi
  • Français
  • Gàidhlig
  • हिंदी
  • Magyar
  • Italiano
  • Қазақ
  • Latviešu
  • Nederlands
  • Polski
  • Português
  • Português do Brasil
  • Srpski (lat)
  • Српски
  • Svenska
  • Türkçe
  • Yкраї́нська
  • Tiếng Việt
Iniciar sesión
¿Nuevo Usuario? Pulse aquí para registrarse ¿Has olvidado tu contraseña?
Logotipo del repositorio
  • English
  • العربية
  • বাংলা
  • Català
  • Čeština
  • Deutsch
  • Ελληνικά
  • Español
  • Suomi
  • Français
  • Gàidhlig
  • हिंदी
  • Magyar
  • Italiano
  • Қазақ
  • Latviešu
  • Nederlands
  • Polski
  • Português
  • Português do Brasil
  • Srpski (lat)
  • Српски
  • Svenska
  • Türkçe
  • Yкраї́нська
  • Tiếng Việt
Iniciar sesión
¿Nuevo Usuario? Pulse aquí para registrarse ¿Has olvidado tu contraseña?
Inicio Ebook21 Secretaría de Investigación Preguntas Frecuentes Contacto
  1. Inicio
  2. Buscar por autor

Examinando por Autor "Romero, Madvel Claudia del Valle"

Seleccione resultados tecleando las primeras letras
Mostrando 1 - 1 de 1
  • Resultados por página
  • Opciones de ordenación
  • Cargando...
    Miniatura
    Ítem
    El DNU 329/2020 y dos tesituras doctrinarias que ponen en tela de juicio la interpretación de los derechos fundamentales del trabajador de la construcción
    (2022-03) Romero, Madvel Claudia del Valle; Baena, César Daniel
    El contexto mundial de pandemia acaecido debido al virus COVID-19, puso al plano judicial de cara a nuevos embates en múltiples asignaturas que se vinculan con el pleno desarrollo social. Entre ellas, el ámbito laboral fue quizás uno de los terrenos más afectados en la economía nacional y en el cual la justicia nacional debió resolver innumerables litigios. Esta nueva realidad social, llevaría el Ejecutivo Nacional a resolver el dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia (en adelante, DNU) 329/2020h (Emergencia Pública, BO 31/03/2020). Su finalidad fue la prohibición de despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de sesenta días contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial (art. 2) (plazo que a posterior sería extendido en el tiempo).

Siglo 21WhatsappInstagramFacebookYouTubeTwitter
Logo Siglo 21