Vittar, RominaFernández Campos, María Susana2024-02-292024-02-292023-12https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/28864Juzgar con perspectiva de género significa hacer efectivo el derecho a la igualdad y no discriminación, y es una obligación constitucional y convencional para garantizar el acceso a la justicia, en palabras de Casas L.J. (2014) Sostiene la mencionada autora que en relación a la legítima defensa, este instituto puede permearse con otros contenidos y se puede replantear dado que se trata de una causa de justificación que encuentra su fundamento en los distintos estadios y contextos de la sociedad. En este sentido, la utilización de la perspectiva de género, en los casos de mujeres víctimas de violencia doméstica, es una herramienta que modifica e interpela a la concepción tradicional de la legítima defensa (Casas L.J. 2014)DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Nota a falloPerspectiva de géneroLegítima defensaLa causa Lescano, mujer víctima o victimariabachelorThesis