Baiutti, Alan. Universidad Siglo 21. Vicerrectorado de Innovación, Investigación y Posgrado. Responsable de Biblioteca Campus; Argentina.Mendoza, Cristian Hernán2026-03-052026-03-052025https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/30509Los delitos contra la integridad sexual protegen la libertad y la voluntad sexual de las personas. Se encuentran tipificados en nuestro Código Penal en su libro segundo, título III, bajo el nombre de “Delitos contra la Integridad Sexual”. En el año 1999, la Ley N.º 25.087 sustituyó los delitos de abuso deshonesto y violación por el delito de abuso sexual. El cambio respondió al convencimiento de que, en definitiva, las agresiones de referencia afectan, no el honor o la honestidad de las víctimas de esas acciones, sino su integridad y dignidad como personas (Figari, 2010). Por lo que en su redacción actual, a partir del art. 119 del C.P., se encuentran tipificadas y diferenciadas de acuerdo a la gravedad, estableciendo distintas figuras: abuso sexual simple, abuso sexual gravemente ultrajante y el abuso sexual con acceso carnal. El caso elegido para análisis —“A, W. F. s/ Abuso Sexual con Acceso Carnal en Concurso Real con Abuso Sexual Gravemente Ultrajante, Agravados”— trata de un hecho aberrante ocurrido en un contexto de violencia de género, y su lectura y análisis permite reflexionar y tomar conciencia como sociedad. El caso tiene como víctima una niña que, producto de los abusos del autor de los hechos, quedó embarazada y dio a luz a un niño, encontrándonos entonces con una víctima en una situación de extrema vulnerabilidad. A todo lo expuesto, el tiempo también jugó su parte, ya que las partes debieron esperar casi 9 años para que el tribunal resuelva, lo que nos lleva a pensar si resolvió o no en un “plazo razonable”.application/pdf17 páginasspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/El Tiempo del Proceso Penal y sus consecuenciasinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International