Lozano Bosch, MirnaBarrionuevo, Antonio2023-02-232023-02-232022-12https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/26408La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” establece como deber general y esencial de los Estados Partes la condena de todas las formas de violencia contra la mujer y los obliga a adoptar, por todos los medios conducentes y sin dilaciones temporales, políticas orientadas a la prevención, sanción y erradicación de este flagelo. Asimismo, les impone que deben velar porque las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes e instituciones se comporten de conformidad con esta obligación (art. 7 inc. a). Es así que la sentencia bajo examen, objeto del presente comentario, es importante ya que pone de manifiesto una realidad que, lamentablemente, en la actualidad sigue sucediendo: la omisión del actuar del Estado y sus dependientes competentes en casos de violencia de género e intrafamiliar ante reiteradas denuncias y pedidos de ayuda de las víctimas.DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Modelo de CasoViolencia de GéneroSentenciaLa responsabilidad del Estado ante casos de violencia de génerobachelorThesis