Baena, César DanielAnghilante, María Victoria2022-08-012022-08-012022-04https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/24485El fallo reviste importancia en cuanto define por primera vez en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación las normas de presupuestos mínimos de protección ambiental. El caso versa sobre una adjudicación que realiza la provincia de Jujuy de un área de desmonte de 1.470 hectáreas, en la finca La Gran Largada, ubicada en la localidad de Palma Sola, departamento Santa Bárbara, de la Provincia de Jujuy a la empresa Cram S.A, mediante resoluciones administrativas identificadas como 271-DPPAyRN-2007 y 239- DPPAyRN-2009, dictadas por la Dirección Provincial de Políticas Ambientales y Recursos Naturales de esa provincia, dependientes del Poder Ejecutivo. Esta adjudicación fue atacada judicialmente por Agustín Mamani y otras personas, en protección al medio ambiente, habiendo demandado a la Provincia de Jujuy y a la empresa adjudicataria peticionando la nulidad de las autorizaciones. En el fallo bajo análisis se suscita un problema axiológico donde entran en conflicto las normas (resoluciones) con un principio, esto se puede observar en la lectura del fallo donde se declara la nulidad de dos resoluciones, las cuales colisionan con el principio precautorio. Se produce un conflicto en concreto porque al momento de la aplicación del derecho se observa que dos normas conceden dos consecuencias jurídicas incompatibles al mismo caso.DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Derecho ambientalNota a falloMediciónEl principio precautorio, un presupuesto indispensable en materia ambientalbachelorThesis