TrombottoMalbranPedrocca Nieto, Rocío María Belén2019-05-132019-05-132018https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/15653La ley 26.944, denominada de responsabilidad del Estado, establece en su artículo 5, que se reparará en forma excepcional el daño emergente producido por actividad lícita del Estado, y a su vez, establece que no se reparara en ningún caso el lucro cesante. Esta solución legislativa planteó a nivel doctrinario muchas objeciones, que aseveraban que al no resarcir todos los rubros, se estaba vulnerando principios consagrados en la Constitución Nacional. Este trabajo dará respuesta respecto a la Constitucionalidad o no del artículo precedentemente mencionado.spaAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United Stateshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/Constitucionalidad del art. 5 de la Ley de Responsabilidad del Estado.bachelorThesis