Díaz Pucheta, SofíaGallo Contartese, Paola Rita Del Carmen2023-05-082023-05-082023-03https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/27057Esta nota a fallo pretenderá ver los alcances de la perspectiva de género a la hora de valorar prueba respecto a delitos de integridad sexual contra mujeres. Específicamente, debemos analizar qué peso tiene la declaración de la víctima de un delito de abuso sexual. El fallo sobre el cual versará la presente nota es “Recurso de hecho deducido por E. M. D. G. en la causa Rivero, Alberto y otro s/ abuso sexual – art. 119 3° párrafo y violación según párrafo 4to. art. 119 inc. e” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante, CSJN) con fecha 3 de marzo de 2022. El mismo se encuentra firme y resuelve una causa de abuso sexual que ocurre en una celda de gendarmería Nacional de la Provincia de Formosa. Este fallo suscita a partir de la interposición de un recurso extraordinario de queja, donde los recurrentes objetaron que el a quo dictó una sentencia sin valorar adecuadamente pruebas contundentes tales como la declaración de la víctima del delito.DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Nota a falloPerspectiva de géneroCuestión de géneroLa declaración de la víctima del delito de abuso sexualbachelorThesis