Universidad Siglo 21Pereyra, Daniela Evangelina2022-08-102022-08-102022-03https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/24797El proceso falencial trae aparejado consecuencias negativas para el fallido a partir de la sentencia de quiebra, siendo el desapoderamiento, el efecto principal más gravoso, puesto que provoca la pérdida de la administración y disposición de los bienes que hacen a su patrimonio. Si bien el deudor sigue siendo titular de esos bienes, no puede efectuar ningún acto de administración, ni de conservación, ni de disposición, dado que a partir de la sentencia de quiebra, la ley concursal le confiere dichas facultades al síndico de la quiebra.spaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Nota a FalloLegitimaciónNociones IntroductoriasLegitimación Del FallidomasterThesis