Vittar, RominaCroci, Lucía Nair2023-02-282023-02-282022-12https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/26486A partir de la vigencia de la ley 27.3482 (publicada en el Boletín Oficial el 24 de febrero del 2017), ante un infortunio laboral, los trabajadores en lugar de acudir directamente a los tribunales ordinarios laborales deben transitar y agotar un trámite administrativo previo, que, si bien es gratuito, tiene carácter de obligatorio y excluyente, por lo que, sin su agotamiento, no se habilita la instancia judicial. Entendiendo el contexto factico de un infortunio laboral se puede comprender el intento de lograr un procedimiento rápido para las indemnizaciones por accidente o enfermedades laborales, por lo que, prima facie, resultaría admisible la normativa atacada.DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Ley 27.348Nota a FalloIndemnizaciónEl Fallo Pogonza y la inconstitucionalidad de la Ley 27.348bachelorThesis