Descalzo, VanesaNicastro, Débora Solange2021-11-022021-11-022021-04https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/21087El ambiente en manos de las industrias para la explotación de sus actividades, no todas las veces es ejecutado a través de una consciencia ambiental. Si bien la Constitución Nacional (Const., 1994) –en adelante CN- faculta libertad a las empresas de ejercer una industria lícita, decae cuando se produce la afectación de un derecho colectivo. Dicho esto, se dispone que el ambiente está catalogado como un derecho colectivo gracias a la última reforma constitucional de 1994, que además con ayuda de los tratados internacionales el mismo denota una importancia jurídica puesto que se lo considera un Derecho Humano. Por ende, la relevancia del tratamiento de este fallo es el choque entre un derecho individual contra uno que posee incidencia colectiva.DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Modelo de CasoColisión de Derechos: ambiente sano vs. Industria lícita.bachelorThesis