Bustos, Carlos IsidroGodoy, Verónica Yolanda2022-10-172022-10-172022-09https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/25356En nuestra sociedad se habla de acceso a la justicia como un derecho fundamental e incuestionable. Que en pleno siglo 21 se desatienda este derecho sería por lo menos un marcado e indeseable desatino de un estado de derecho pluralista y democrático. Es uno de los derechos de primera generación reconocido en nuestra Carta Magna, y entre otros no menos importantes se destaca el de peticionar ante las autoridades. Acceso a la justicia, como concepto amplio, abarcativo e inclusivo. Acceso a la justicia no es lo mismo que acceso al sistema de administración de justicia. Difieren bastante los conceptos como tales y los resultados también son bien diferentes. Partiendo de lo obsoletos que son aún algunos de sus sistemas de comunicación en donde la realidad supera la llegada de justicia en tiempo y forma y donde el sistema de administración de justicia tiene mucho que ver.spaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Modelo de CasoCuestiones de GéneroNeuquénEl Rol del Juzgador en Cuestiones de GénerobachelorThesis