MARIA LORENA CARAMAZZAJOFRE GOMEZ, BRENDA MELISA2021-09-152021-09-152020https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/20812Con la reforma constitucional del año 1994 se incorpora a nuestro ordenamiento jurídico los derechos de tercera generación, también llamados difusos o de incidencia colectiva, introduciendo en el art. 41° de la Constitución Nacional (en adelante C.N.), el derecho al medio ambiente, el cual, reconoce el derecho colectivo de todos los habitantes a una tutela ambiental en resguardo del patrimonio natural y cultural de las generaciones presentes y futuras.spaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/falloinconstitucionalidadComentario a Nota Fallo: “Barrick Exploraciones Argentinas S.A. y otro c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”bachelorThesis