Stelzer, Hernán AlcidesArias D’Ygnoti, Romina Elizabeth2022-10-262022-10-262022-09https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/25412En el presente trabajo se analizará un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y Minería de Neuquén, en los autos “M. F. C. C/ C. J. L. S/Compensación económica”, en el que dicho Tribunal Superior revoca de manera unánime la sentencia del a quo, que negaba a la actora la posibilidad de reclamar una compensación económica posterior a la ruptura de la unión convivencial con su pareja, solicitada a los siete meses de concluida la convivencia, aduciendo que el Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante, CCCN) impone el plazo de seis meses para el reclamo pertinente, declarando por ello la caducidad de la acción.DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Modelo de CasoNota a FalloCuestiones de GéneroCompensación económica por terminación de unión convivencial: plazo exiguo y ausencia de perspectiva de génerobachelorThesis