Gulli, María BelénCanet, Tatiana2023-07-122023-07-122023-06https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/27547La noticia del embarazo de la trabajadora, generalmente, no impacta de manera positiva en el ámbito laboral. Los argumentos usuales son, entre otros, que el embarazo y posterior maternidad de la trabajadora, importan una carga para el empleador, atento a la ausencia de la misma durante 90 días, o incluso más tiempo si se encuentra imposibilitada de prestar tareas por enfermedad que deba su origen al embarazo o al parto. Sumado a los descansos por lactancia, posibles pedidos de permiso para atender urgencias de su hijo, etc. En este caso, el fallo a analizar “Farias Romero Nadia Soledad en Juicio No159856 “Farias Romero Nadia Soledad c/ Solución Eventual S.A. y Ot. P/Despido” (SCJM, Sala N2, 27/08/2021), surge de la demanda incoada por la Sra. Farias Romero Nadia Soledad en dónde la actora reclamó el pago de indemnización agravada de los Art. 178 y 182 LCT por ser despedida cursando un embarazo de 4 meses de gestación.DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Nota a falloDerecho laboralDespido discriminatorioDespido por maternidad, embarazo notoriobachelorThesis