Vittar, RominaQuiroga, Anahí Maité2022-09-202022-09-202022-08https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/25216Motiva el presente comentario la transcendente sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Majul, Julio Jesús c/ Municipalidad de Pueblo General Belgrano y otros s/ acción de amparo ambiental”, por la que hace lugar al recurso de queja deducido por la parte actora y declararon formalmente procedente el recurso extraordinario, valorando firmemente la protección del medio ambiente y de los humedales, los cuales cumplen una función vital en cuanto a control de inundaciones, protección de tormentas, recargas de acuíferos, como así también la retención de sedimentos y agentes contaminantes. Es imperioso destacar que en este sentido, la zona de humedales del Departamento de Gualeguaychú fue declarada “Área Natural Protegida” por la Ley N° 9718 de la Provincia de Entre Ríos1DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Nota a FalloMedio AmbienteMajul, Julio JesúsFALLO: “Majul, Julio Jesús c/ Municipalidad de Pueblo General Belgrano y otros s/ acción de amparo ambiental”bachelorThesis