Universidad Siglo 21Asquini, Patricia Andrea2023-11-102023-11-102023-09https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/28352En el marco del tema seleccionado, perspectiva de género, la sentencia elegida para la nota a fallo es la dictada por la Sala B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "E. C. N. c/M. L. M. s/ Compensación económica" (expte. No 7227/22 r.CA), venidos del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - Circ. IV.- Reunida en acuerdo en la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil veintidós. En este caso, los magistrados deben decidir si el reclamo de demanda económica por parte de la mujer exconviviente del demandado, víctima de violencia doméstica, tiene lugar o el plazo para solicitarlo ha caducado, en un caso donde las afirmaciones de las partes son contradictorias con respecto a la fecha de caducidad. El primer problema jurídico y el que se va a analizar en este trabajo es un problema lingüístico del jurista de primera instancia, quien, al momento de determinar el sentido de la formulación normativa y de interpretar la expresión lingüística de la palabra acción, encontrada en el artículo 525 del Código Civil y Comercial de la Nación, lo hace sin perspectiva de género. Problema que pudieron resolver los magistrados de segunda instancia, fallo con el cual se está de acuerdo a lo largo de este análisis.DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Violencia de géneroPerspectiva de géneroValoración de la pruebaEl desafío de resolver los problemas lingüísticos con perspectiva de génerobachelorThesis