Bustos, Carlos IsidroOjeda, Emilio Tomás2022-08-032022-08-032022-05https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/24595El objetivo del presente trabajo es señalar el criterio que la Corte Suprema de Justicia de la Nación expresó en el fallo “Asociación Civil Protecc. Ambiental del Río Paraná Ctrol. Contam. y Restauración del Hábitat y otro s/ incidente de medida cautelar”. La Corte dejó plasmado en este fallo, la importancia que tienen los Principios de Prevención y de Precaución o cautela de la Ley General de Ambiente frente a una eventual obra o actividad con posibles impactos negativos en el medio ambiente, haciendo lugar a la queja de la Asociación Civil por entender que, se está frente a un agravio al medio ambiente, y que, por su magnitud y circunstancias de hecho, puede ser tardía, insuficiente o imposible reparación ulterior.DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Comentario a FalloDerecho AmbientalRío ParanáLa prevención ambiental en Fallo de la CSJNbachelorThesis