Universidad Siglo 21Barreda, Graciela Rosalía2022-09-222022-09-222022-08https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/25224El contrato de trabajo tiene vocación de continuidad; ello se da con base en el principio de permanencia (Sabsay, 2011). Sin embargo, por diversas situaciones éste puede extinguirse siendo una de las coyunturas regladas en la legislación laboral el despido. En el caso del despido arbitrario, que no se encuentra definido en la Ley de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744, en adelante LCT), cuenta con una variante regulada que es el despido por causa de matrimonio, punto neurálgico de la causa a examinar. Ahora bien, no ser discriminado es un derecho humano fundamental. Tosto (2010), al respecto, expresa que la igualdad es un principio al que, frecuentemente, se menciona en el discurso jurídico laboral, tanto es así que su presunción entre el universo de los trabajadores se construye como una verdad —en apariencia— natural, y la aspiración de que sean tratados de igual modo y en paridad de situaciones, es un mandato reiteradamente sostenido por la doctrina y la jurisprudencia.DESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Modelo de CasoPuigContrato de TrabajoLa Corte Suprema propicia la paridad de género en Materia laboral y familiarbachelorThesis