Lozano Bosh, MirnaGonzález, Ricardo Ezequiel2022-06-062022-06-062021-10https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/23337En la presente nota a fallo se basará en un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza donde se dispone que el trabajador posee 45 días hábiles judiciales para interponer su demanda laboral ante la justicia ordinaria y que finiquitado dicho plazo, no podrá acceder a la justicia. Esto genera una vulneración hacia la Constitución Nacional y la Ley 20.744 (Ley 20.744, 1976) o bien llamada Contrato de Trabajo que dispone las normativas básicas de la relación laboral del empleador con el trabajadorDESTACADOspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Derecho laboralEl acceso de justicia del Trabajador en la provincia de Mendoza: análisis del fallo “Lencina Droguett”bachelorThesis