Abstract
En esta nota a fallo nos propusimos analizar desde la perspectiva de los Derechos
Humanos de Género una sentencia emitida por la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia
de la Provincia del Neuquén caratulado “O. J. A. C/R. S. M. S/ DESALOJO”. Es aquí donde
el TSJ ha impuesto un frente trascendental a la omisión, por parte de los tribunales de
instancias inferiores, de juzgar con perspectiva de género. Haciendo especial énfasis en el
desconocimiento de derechos de una mujer víctima de femicidio por cuestiones de género.
El presente trabajo se propuso analizar, utilizando una hipótesis de relevancia
jurídica, la aplicabilidad del art. 2158 “Derecho real” del Código Civil y Comercial de la
Nación, deducido mediante demanda de desalojo por el femicida de la cotitular adjudicataria
del inmueble objeto de litis y las normas convencionales e instrumentos internacionales
reconocidos por el art. 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional.
DESTACADO