La suspensión de juicio a prueba en casos de violencia de género, medidas de protección a la víctima. El resarcimiento.
Abstract
El siguiente fallo en análisis jurídicamente es relevante a los fines de poder vislumbrar
si efectivamente existe en la sentencia del tribunal alguna medida coercitiva para poner
fin al sufrimiento de la víctima o solo es una sentencia más que no hace lugar a la
suspensión de juicio a prueba pero que no contempla las situaciones particulares que
devienen en cada caso, el ofrecimiento del imputado de sanear los efectos dañosos de su
conducta, el tratamiento psicológico que eventualmente podría configurar la reinserción
social del imputado así como también las condiciones de la víctima: situación de
inferioridad, los hechos anteriores, el daño que muchas veces es irreparable, la salud
psicológica de esta y las posibles secuelas que quedan una vez finalizado el ciclo de
violencia, entre otras. Esto es, la sociedad pugna por una sentencia que en la práctica
signifique una solución a estos daños, es verdad que actualmente podemos hablar de que
existen algunas medidas de restricción o por lo menos se intenta concientizar desde la
educación para prevenir el flagelo de este tipo de violencia desplegada en contra de las
víctimas que en la mayoría de los casos resultan ser mujeres, sin embargo, no parecen ser
suficientes.
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