Irrenunciabilidad De Los Derechos Del Trabajador
Abstract
La situación se plantea en torno a la validez de los acuerdos transaccionales y
conciliatorios realizados sin intervención de la autoridad administrativa o judicial. En
concreto el problema radica en la aplicación literal del artículo 241 de la ley de Contrato de
Trabajo en relación al modo de extinguir la relación laboral y del art. 15 de la Ley de Contrato
de Trabajo en cuanto a los efectos del acuerdo arribado.
En los Autos: “Barissani Darío Nahuel c/ Huawei Tech Investment Co. Ltd. s/
despido” -de Cámara Nacional de Apelaciones del trabajo- se tratan varios aspectos
relevantes del Derecho Laboral como son, la irrenunciabilidad de los derechos del trabajador,
la validez de los actos jurídicos de índole laboral sin intervención de la autoridad
administrativa o judicial y la nulidad de los pagos efectuados en el ámbito privado. Estos
principios rectores del Derecho Laboral son un marco regulador de orden público que no
debe soslayarse. No obstante ello, la realidad fáctica en los distractos laborales trae a la
Justicia problemas y situaciones en los que la Justicia debe resolver sobre la validez de los
acuerdos arribados y sobre la situación de los pagos efectuados en su defecto. DESTACADO
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