Abstract
EL fallo seleccionado, “C.R.L.C/C.,M.S-ORDINARIO-COBRO DE
PESOS-EXPTE.N 5792045”, de la Excma. Cámara Octava de Apelaciones en lo Civil y
Comercial, en la ciudad de Córdoba, a los siete días del mes de febrero de dos mil
diecinueve es una causa que se encuentra con sentencia firme.
En la misma, el accionante C.R.L poseía un inmueble en el cual funcionaba
un negocio de elaboración de tortas y postrecitos de C.,M.S.
Para que el negocio pueda funcionar y tener habilitación municipal, fue
necesario, entre las partes, confeccionar un contrato de comodato gratuito el cual contenía
una cláusula penal accesoria; la cual una vez disuelta la relación de pareja, C.R.L intentó
ejecutar en perjuicio de su ex pareja.