Recurso de Inconstitucionalidad, compensación económica
Abstract
Dentro del ámbito familiar, el rol asignado a la mujer se caracterizó siempre por
desarrollarse bajo un estereotipo patriarcal. Durante décadas, asumió sumisamente como
tareas exclusivas concernientes por su condición, el cuidado de sus hijos y las labores del
hogar, muchas veces en pos de su propia relegación personal. Es aquí donde cobra relevancia
el derecho, en un contexto de evolución social en donde los vínculos dejan al descubierto la
asimetría de poder.
La selección de la sentencia esgrimida por el Superior Tribunal de Justicia de Jujuy,
radica en la importancia de la figura de la Compensación Económica desde la novedosa
mirada del enfoque de género a la luz de la Ley 26.485 y de la Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. La decisión de la Sala
I del Tribunal de Familia arguyó que no surgían perfiles nítidos de que la accionante se
dedicara exclusivamente a las tareas del hogar, sumado al hecho de que ella permaneciera
con sus hijos viviendo en el inmueble que fuera asiento familiar a pesar de no ser propiedad
de la sociedad conyugal. Y para finalizar esgrimió que la actora no había demostrado una
mejora en la situación laboral y financiera del demandado. Las cuestiones que seguidamente
se analizarán giran en torno al instituto de la compensación económica y los elementos
necesarios para su procedencia, la valoración que deben realizar los jueces ante las
situaciones que se consideren sospechosas de género y la normativa vigente acorde a dicha
temática. DESTACADO
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