Perspectiva de género: de la agresión al homicidio ¿un solo paso?
Abstract
El fallo seleccionado y el que a lo largo del presente estará bajo análisis, se origina
en la Sentencia N° 5, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de
Córdoba, en Sala Penal, de fecha a los quince días del mes de febrero del año dos mil
dieciocho, en la ciudad de Córdoba. En autos caratulados “F., H. R. p.s.a. HOMICIDIO
DOBLEMENTE CALIFICADO, ETC.- RECURSO DE CASACION”. En donde quien es
la defensa del imputado recurrió la sentencia, la cual condenó a su defendido por el delito
de homicidio doblemente calificado cometido en contra de su pareja, quien era además su
conviviente, y que previamente, existieron situaciones de violencia de género hacia la
damnificada, y sobre esto hechos desmedidos, ejerció privación ilegitima de la libertad
sobre las hijas de la víctima.
El fallo en cuestión, exterioriza un problema de relevancia, el cual es concebido
como el problema de la determinación de la norma aplicable a un caso. Este implica la
necesaria distinción entre la pertenencia de una norma a un sistema jurídico y su
aplicabilidad (Moreso y Vilajosana, 2004). En el cual el Tribunal se vio inmerso sobre qué
pena aplicar al delito de homicidio, si la pena correspondiente al homicidio doblemente
calificado, o aquella condena estipulada para el homicidio en estado de emoción violenta. DESTACADO
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