Discriminación laboral con enfoque de género, una deuda pendiente
Abstract
El presente trabajo tomara en consideración la cuestión de género en el ámbito del
derecho laboral, el cual posee sustento en nuestra Constitución Nacional (en adelante CN) y
por medio de los instrumentos internacionales de derechos humanos a los que nuestro país
doto de jerarquía constitucional así en los artículos 14 y 14 bis de la CN, se hace referencia
específicamente al derecho mencionado y en el artículo 16 el cual establece la igual de todo
los habitantes no solo respecto de la ley sino de oportunidades. De lo referido toma la Ley
de Contratos de Trabajo (Ley 20.744, en lo sucesivo LCT) sus lineamientos prescribiendo
el principio de no discriminación por cuestiones de sexo, raza, religión entre otros, más la
obligación que tiene el empleador de dar un trato digno e igualitarios a sus empleados. Por
su parte Convención Sobre La Eliminación De Todas Las Formas De Discriminación
Contra La Mujer (CEDAW, ONU, 1979) establece que la discriminación contra la mujer
viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, que
dificulta la participación de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre.
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