Abstract
La reforma a nuestra Carta Magna Nacional del año 1994 incorporó el derecho internacional
de los derechos humanos, cobijando un capítulo nuevo en la primera parte, titulado "Nuevos
derechos y garantías", donde se introdujeron siete artículos nuevos (arts. 36 a 43). El que nos
ocupa en este caso - Derecho Ambiental - incluye la obligación de recomponer el daño
ambiental, la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, la
información y educación ambientales y la prohibición del ingreso al territorio nacional de
residuos peligrosos y radioactivos (art. 41)1