La importancia de la amplitud probatoria en las cuestiones de género
Abstract
Nota a fallo con autos caratulados: “C/C D., J. C. POR ABUSO SEXUAL CON
ACCESO CARNAL EN PERJUICIO DE M. M. (M) – G., M. (DEN) – RECURSO DE
INCONSTITUCIONALIDAD” (CJS, 38.340/16, 2018) se está en presencia de un abuso
sexual agravado por ser con acceso carnal, que se comete en perjuicio de una
adolescente de 15 años de edad, en donde el “a quo” determina que el imputado es
inocente porque la víctima no se defendió y por ende el acto sexual fue consentido, sin
tener en cuenta ni valorar las pruebas ofrecidas por la propia víctima; mientras que, la
Corte de Justicia de Salta, en adelante (CJS), por su parte, se aferra a la carga probatoria
aportada por la misma.
El análisis realizado por la CJS adquiere suma importancia al
advertir que la sentencia absolutoria a favor del imputado fue arbitraria y desconoció lo
dispuesto por el art. 16 inc. i) de la Ley 26.485, en el que se dispone una tutela hacia la
mujer para que se le garantice en cualquier procedimiento judicial o administrativo, la
posibilidad de ampliar su prueba para poder demostrar los hechos denunciados.
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