La constitucionalidad de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales
Abstract
El sistema de Riesgos de Trabajo en la República Argentina fue mutando con el correr
del tiempo. Antes de la sanción de la ley de riesgos actual, las víctimas de los infortunios
laborales tenían un esquema tarifado de resarcimiento por las pérdidas monetarias
generadas por el accidente. El trabajador, también, podía efectuar una acción civil por
daños y perjuicios. Este régimen, a su vez, fue cambiado, tanto por los legisladores como
por la jurisprudencia, aportándole así, mayores imprecisiones.
Corriendo el año 1996 entró en vigencia la actual Ley de Riesgos del Trabajo, la ley
24.557, que posteriormente, fue modificada por distintas normas, resoluciones y decretos.
Según Grisolia y Ahuad (2019), el artículo 21 de la ley mencionada anteriormente le da
potestad a las Comisiones Médicas (creadas por ley 24.241, artículo 51) para intervenir y
determinar la naturaleza del accidente o enfermedad profesional, el carácter o grado de
incapacidad, el alcance de las prestaciones en especie y resolver cualquier discrepancia
entre las ART y los trabajadores o sus familiares.
Collections
The following license files are associated with this item: