Prisiones domiciliarias y ponderación de derechos en situación de pandemia COVID-19
Abstract
En el año dos mil veinte, surgió una situación a nivel mundial que afectó a toda
la población, el virus Covid-19. Ante ello, la salud se convirtió en el principal derecho a
proteger de los Estados; por lo cual A. D. G. un interno del Establecimiento Penitenciario
No6 de la ciudad de Río Cuarto, que padece de diabetes insulinodependiente, solicitó la
medida de prisión domiciliaria – recomendación de la CIDH y acordada 9/2020 de la Cámara
Federal de Casación Penal – ante la inminente propagación del virus y la posible afectación
de su salud. Así nos situamos frente al fallo dictado por la Sala Penal del Tribunal Superior
de Justicia, de la provincia de Córdoba, caratulado “A. D. G. Cuerpo de ejecución de pena
privativa de libertad – SAC ppal XXX - Recurso de Casación -”, con fecha de resolución
dieciséis de junio del año dos mil veinte, de sentencia firme; ya que el mismo, adquiere
relevancia cuando el tribunal en cuestión negó la solicitud de prisión domiciliaria del
imputado, a sabiendas de su patología previa que lo posiciona en situación de riesgo frente a
un posible contagio de Covid-19, y da preeminencia al derecho de su víctima, la vida sin
violencia de la mujer víctima de violencia de género, por sobre el derecho a la salud.
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