Igualdad de género para la protección del despido por matrimonio: Análisis del fallo “Puig”
Abstract
El día 24 de septiembre de 2020, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en
adelante CSJN), sentó un nuevo precedente jurisprudencial en materia laboral, en el fallo
caratulado en autos “Puig, Fernando Rodolfo c/ Minera Santa Cruz S.A. s/despido” Id
SAIJ: DACF200204. La CSJN tuvo su intervención, tras la interposición de un recurso
extraordinario, cuya denegación origino la queja por parte del actor, contra la sentencia
dictada por la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, al confirmar la
sentencia de primera instancia, donde rechazaba el reclamo de la indemnización especial
por despido por causa de matrimonio promovido por el trabajador tras ser desvinculado
sin expresión de motivos (art. 182 de la Ley de Contrato de Trabajo, en adelante L.C.T.)
alegando que sobre la base de la doctrina plenaria del fuero, tanto los trabajadores
varones, como mujeres tienen derecho a la indemnización prevista en caso de despido por
causa de matrimonio (fallo plenario no 272 del fuero dictado en fallo Drewes), pero,
considera que respecto a la presunción del art. 181 solo se aplica a las trabajadoras
mujeres, de modo tal que, para obtener el resarcimiento agravado, el trabajador varón,
deberá probar que la desvinculación laboral resulto del hecho de haber contraído
matrimonio.
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