Abstract
En el ámbito legislativo, su particular juzgamiento encuentra amparo en la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer
(en adelante CEDAW)1
; con carácter supralegal, Convención Interamericana para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (en adelante Belem do
Pará)2
; y la Ley n° 26.485 de Protección Integral a las Mujeres3
, entre otras de importante
jerarquía.
En este panorama de las cosas se dará estudio a la sentencia dictada por la Corte
de Justicia de Salta en los autos “C/C D., J. C. por abuso sexual con acceso carnal en
perjuicio de M.M. (M) – G., M. (DEN) – Recurso de inconstitucionalidad”
(05/03/2018). En la misma, la Corte Provincial de Salta resolvió hacer lugar al recurso de
inconstitucionalidad interpuesto por la Sra. Asesora General de Incapaces y en su mérito
revocar la sentencia dictada por la Sala I del Tribunal de Impugnación.