Perspectiva de género en el ámbito laboral
Abstract
En esta nota a fallo se analiza el caso “- R., M. F. C/ C. P. C. F. SA Y OTRO -
ORDINARIO – DESPIDO” de la Sala Primera de la Cámara del Trabajo de la Provincia de
Córdoba, con fecha de sentencia el 28 de diciembre de 2020. El mismo versa sobre la
temática de perspectiva de género, derecho de raigambre constitucional. En efecto, según
Torré (2003) decir que un derecho sea de raigambre constitucional implica que sea fuente
suprema de validez de las normas de nuestro sistema jurídico, por lo que las demás normas
deben armonizar con él.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expresado, el análisis de esta resolución es de
suma importancia, por encontrarse en juego la relevancia de la protección de los derechos
humanos de las mujeres a una vida libre de violencia. Debido a que, no se estaban
respetando tanto en el ámbito laboral, como también en su vida privada, lo que estaba
causando daño y sufrimiento psicológico, físico, patrimonial y económico. En efecto, la
resolución bajo análisis, sienta un precedente en materia de perspectiva de género toda vez
que la cámara del Trabajo de la provincia de Córdoba esbozó los lineamientos necesarios
para legitimar la aplicación de este derecho, principalmente al haber hecho hincapié en el
combate de la violencia de cualquier especie en contra de la mujer.
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