Derecho de acceso a la información pública: La provincia de Córdoba, fortaleciendo y avanzando hacia una cultura de transparencia
Abstract
El derecho de acceso a la información pública se vislumbra en el fallo trabajado,
“Fundación para el desarrollo de políticas sustentables c/Secretaria de Administración
Financiera del Ministerio de Finanzas del Gobierno de la provincia de Córdoba. – Amparo
por mora - Ley 8803 – Recurso de Casación”. (2019).
En el fallo, podemos ver que cuando la parte actora solicita cierta información de
contenido público a un organismo del Estado amparándose bajo este derecho de acceso a la
información pública, esta solicitud se le es denegada. Y al presentar una acción de amparo
por mora a consecuencia de ello a la instancia superior, también se rechaza la petición.
La actora cuestiona el fallo de la Cámara manifestando una restringida interpretación
de la ley provincial 8.803, manifestando que se le está dando lugar al secretismo de la
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información que debería ser pública, contradiciendo la esencia de la ley, y llevando la
situación a interpretación de una instancia superior.
Es por eso, la importancia de este fallo, pues podemos ver que cuando el fallo llega
al Tribunal Superior de Justicia de la provincia, los jueces a partir de sus fundamentos,
pueden adoptar una interpretación amplia de la ley y de este derecho, sosteniéndose en la
doctrina y jurisprudencia nacional e internacional acumulada a lo largo de los años, también
en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que están presentes en nuestra
Constitución pudiendo desestimar de esta manera lo establecido en instancias anteriores,
haciendo lugar, y dando apertura, aunque parcialmente, a la petición de la actora, respaldando
de esta manera, este derecho fundamental.
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