Normas Ambientales De La Provincia De San Juan Fallo/ Fundación De Ciudadanos Independientes.
Abstract
El derecho ambiental es de orden constitucional que funda su protección a través
de dos funciones, la tutela preventiva como principal y la tutela reparadora en caso de
daño ocasionado o en su caso peligro de daño. La acción meramente declarativa tiene
como objeto conocer la certeza de cierto procedimiento, asimismo, si es comprobable el
daño o peligro de daño inminente de una obra o actividad al medio ambiente se puede
ampliar la acción y solicitar la suspensión de las actividades dañosas. En el presente fallo,
en los autos caratulados Corte Suprema de Justicia de la Nación “Fundación Ciudadanos
Independientes c/ San Juan y otros s/ acción ambiental meramente declarativa”. 2016., se
realiza un análisis profundo de la acción meramente declarativa por parte de la CSJN en
su dictamen, así como también a las cuestiones sustanciales, como EIA, Informes
ambientales, audiencias públicas y toda autorización competente, que debe tener en
cuenta toda entidad provincial encargada de dar autorización administrativa a una
actividad que sea susceptible de degradar el medio ambiente, en virtud del art. 41 de la
Constitución Nacional, la Ley 25.675 –Ley General de Ambiente- y leyes provinciales
que protegen los recursos naturales. DESTACADO
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