Nota al fallo: Mamani, Agustin Pío y otros c/ Estado Provincial - Dirección Provincial de Políticas Ambientales y Recursos Naturales de Jujuy - Empresa Cram S.A. s/ recurso" Medio Ambiente - Principio Precautorio
Date
2020Author
Sandoval, Cristhian Emanuel
Abstract
El análisis del fallo tiene como objetivo analizar la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la cual ratifica los principios fundamentales que rigen en materia medio ambiental, como ser el Precautorio y el Preventivo. El caso tenía como problema de fondo una autorización de la provincia de Jujuy a través de la Dirección Provincial de Políticas Ambientales y Recursos Naturales mediante la cual otorgó a una Sociedad Anónima “Cram S.A.” autorizaciones para a realizar desmontes de Bosques Nativos en una zona protegida, con el agravante de que hubo irregularidades en los procedimientos previos a la autorización, los cuales fueron tenidas en cuenta por el Tribunal de primera instancia que falló considerando nula la autorización para efectuar estos desmontes. Sin embargo, luego del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por las demandadas ante el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Jujuy, el mismo consideró que la decisión del Tribunal anterior de anular las autorizaciones de desmontes no tenía fundamentos ya que no había certeza de que estos actos podrían derivar en un perjuicio al medio ambiente, por lo que decidió revocar esa sentencia de primera instancia. Luego de esto, los actores interpusieron un recurso extraordinario que fue denegado por el TSJ de Jujuy, lo que conllevo a presentar recurso extraordinario de queja ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cuál fue admitida y en su decisión la Corte Suprema ratificó la sentencia de primera instancia que anulaba éstas autorizaciones considerando que el Tribunal Superior de Justicia de Jujuy no tuvo en cuenta los principios fundamentales que rigen en materia medioambiental. DESTACADO
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