Abstract
Si bien la Constitución Nacional Argentina habilita su reforma en el art. 30, la brevedad de la redacción ha dado lugar a la existencia de múltiples lagunas normativas, en especial, referidas a la cuestión del control del poder reformatorio. El 19 de agosto de 1999, la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina declaró en el fallo “Fayt” la nulidad de una cláusula introducida por la convención de 1994 y, de este modo, se atribuyó la potestad de ejercer de manera efectiva la revisión del poder constituyente.
Este trabajo busca profundizar la investigación sobre el control de las reformas constitucionales en Argentina, a partir del análisis y sistematización de la jurisprudencia, la doctrina y el derecho comparado. En este camino, se propondrán mecanismos alternativos al control judicial con el objetivo de armonizar el debate ideológico que, en nuestra opinión, determina los distintos posicionamientos: constitucionalismo vs democracia.