La acción de impugnación de paternidad matrimonial del art. 259 del C.C. : imperiosa necesidad de adaptación a la actual realidad social
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Author
Barbiani, Carla Betina
Abstract
“El Código Civil Argentino en su art. 259 concede acción de impugnación de
paternidad sólo al marido, al hijo y a los herederos del marido dentro de cierto
plazo legal. El objetivo de ésta acción es demostrar que el marido no es el
padre del hijo que dio a luz su esposa, es decir que tiene como finalidad
destruir el nexo biológico que existe entre padre e hijo, emplazados en una
relación de filiación determinada. En la actualidad, existen casos en los que
una mujer casada ha concebido un hijo producto de una relación
extramatrimonial.- Esta situación, ya no es ajena a nuestra realidad actual ni
tan condenada socialmente como hace varios años atrás. En este trabajo se
pretende plantear la necesidad de ampliar estas limitaciones establecidas en
dicha norma, ya que la misma no concede esta acción a la madre y al padre
biológico. Estas restricciones, tienen su origen en “el principio de protección
integral de la familia” y en la actualidad, debería ser reformulado, atento los
nuevos valores del Derecho Humanitario teniendo en cuenta
fundamentalmente el principio de la verdad biológica y el Derecho a la
Identidad, ya que lesiona derechos fundamentales del hijo porque impide la
determinación de su verdadera filiación biológica. Sobre este tema existen
distintas posturas a saber: La posición mayoritaria: que niegan legitimación
activa a la madre y al presunto padre biológico, defienden el principio de
protección integral de la familia; la posición restrictiva: que admiten la
legitimación activa de la madre y del presunto padre biológico, priman el
principio de la verdad biológica y el derecho a la identidad; y por último, la
posición ecléctica:, que analizan cada caso en concreto. En nuestro país el
derecho de filiación necesita ser reformulado, atendiendo primordialmente, a
los principios de verdad y transparencia, ya que es indispensable para la
La Acción de Impugnación de la Paternidad Matrimonial del art. 259 del Código Civil Argentino
construcción de la identidad personal, el conocimiento de la verdad histórica
de cada uno.”